Desde el 2007, la AFIP implementó para la inscripción en el registro de Importadores- Exportadores, el requisito de demostrar solvencia económica y la constitución de garantías.
Aquellos importadores o exportadores, que no acrediten solvencia económica, ni revistan el carácter de sujetos exentos, deberán presentar una garantía de TREINTA MIL PESOS ($ 30.000), de acuerdo al procedimiento establecido en el Anexo III de la Resolución General N° 2144 (AFIP) y Resolución Nº 2220 (AFIP).
En los últimos días, la AFIP acepta pólizas de caución para cubrir esta garantía, motivo por el cual ya estamos emitiendo este tipo de garantías. Las mismas se emiten a través del sistema de Póliza Electrónica 3.0 (Aplicativo provisto por la AFIP).