Como establecer las sumas aseguradas por coberturas:
Incendio Edificio
Uno de los errores más comunes es el de establecer correctamente la suma de la cobertura de Incendio Edificio la cual es a prorrata, es decir trabaja sobre el porcentaje que se esté asegurando sobre la suma real del eficio, la Administración esta obligada a asegurar mínimamente un 70% de la suma total, pero más aconsejable para que pueda cubrirse en esta cobertura las sumas de los propietarios es cubrir el 100% de la suma real.
Como efectuar este cálculo:
La manera más simple de efectuar el cálculo para saber cual es el valor real de un Consorcio es la siguiente:
Multiplicar la cantidad de metros cuadrados del consorcio por el valor construcción por metro cuadrado, el cual en la actualidad ronda en los $ 1500.-
Ejemplo:
M2 del consorcio: 6000 MT2.
Suma Asegurada Obligatoria: $ 6.300.000.-
Suma Asegurada Recomendada: $ 9.000.000.-
Incendio Contenido:
No es muy común que se cubra este tipo de coberturas, motivo que solo cubre el contenido que se encuentre en las partes comunes, excluyendo el contenido dentro de las unidades de los consorcistas, el cual estaría cubierto por la póliza de Integral de Hogar que cada uno pueda tener contratado.
Responsabilidad Civil Adicional de Ascensores:
Según la legislación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, es obligatorio el seguro de la responsabilidad civil que sea derivada del uso de los ascensores por lo han establecido los siguientes parámetros.
Parámetros de sumas aseguradas dispuestas por ley:
Consorcio con 1 ascensor: $ 300.000.-
2 o más ascensores: $ 50.000.- por ascensor adicional.
Ej.: Consorcio con 4 ascensores: Suma Asegurada de RC Ascensores: $ 450.000.-
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