Obras Públicas y Privadas:
Mantenimiento de Oferta:
Se
garantiza la obligación del Tomador
de mantener su oferta, y en el caso de resultar
adjudicatario, firmar el contrato respectivo
en la forma y plazos requeridos en el Pliego
de Condiciones. La suma asegurada se establece
generalmente entre el 1% y el 5% del presupuesto
o monto del Pliego de Bases y Condiciones.
Ejecución de
Contrato:
Esta póliza garantiza el cumplimiento,
en tiempo y forma, de las obligaciones asumidas
por el Tomador frente al Asegurado. La garantía
cesa, cuando se produce la recepción
provisoria, no cubriendo el período
de mantenimiento o conservación de
la obra. Generalmente la suma asegurada varía
entre el 5% y el 20% del monto del contrato.
Garantía de Anticipo
Financiero:
Se garantiza el buen uso del anticipo, recibido
por el Tomador del Asegurado, según
lo estipulado en el contrato. La garantía
se desafecta con el avance de las obras, de
acuerdo a los certificados que emita el Tomador
y acepte el Asegurado. No cubre multas o penalidades
que el Asegurado le aplique al Tomador.
Garantía de Anticipo por Acopio:
Mediante este tipo de cobertura se garantiza
al Asegurado, que el importe que recibe el
Tomador sea aplicado a adquirir elementos
predeterminados y destinados a la ejecución
de las obligaciones contraídas. La
garantía se desafecta en la misma medida
que el Tomador realice el acopio en obra de
los elementos comprometidos. No cubre multas
o penalidades que el Asegurado le aplique
al Tomador.
Sustitución de
Fondo de Reparo:
El objeto de esta póliza es la sustitución
de las retenciones a efectuar por el Asegurado
al Tomador, que, según la ley aplicable
y/o el contrato está obligado a constituir,
con el objeto de atender las reparaciones
originadas por defectos de mano de obra o
mala calidad de los materiales empleados.
La garantía se libera con la recepción
definitiva de la obra. Generalmente, la suma
asegurada varía entre el 5% y el 10%
del monto de cada certificado de obra.

Seguros de Caución Suministros
y/o Servicios Públicos o Privados
Garantía
de Oferta:
Se
garantiza la obligación del Tomador
de mantener su oferta, y en el caso de resultar
adjudicatario, firmar el contrato respectivo
en la forma y plazos requeridos en el Pliego
de Condiciones. La suma asegurada se establece
generalmente entre el 1% y el 5% del presupuesto
o monto del Pliego de Bases y Condiciones.
Garantía de Adjudicación (Fiel
Cumplimiento del Contrato)
Esta póliza garantiza el cumplimiento,
en tiempo y forma, de las obligaciones asumidas
por el Tomador. La garantía cesa, con
la efectiva prestación del servicio
o con la entrega de la cosa o bien en el supuesto
de suministro.Generalmente la suma asegurada
varía entre el 5% y el 20% del monto
del contrato.
Garantía de Anticipo
Se garantiza el buen uso del anticipo, recibido
por el Tomador del Asegurado, según
lo estipulado en el contrato. La garantía
se desafecta en el caso de suministros, en
la misma medida de las entregas y en servicios,
con la efectiva prestación de los mismos.
Sustitución de
Fondo de Reparo
El
objeto de esta póliza es la sustitución
de las retenciones a efectuar por el Asegurado
al Tomador, que, según la ley aplicable
y/o el contrato está obligado a constituir,
con el objeto de atender las reparaciones
originadas por defectos de mano de obra o
mala calidad de los materiales empleados (vicios
ocultos).

Seguros de Garantías Aduaneras
Tránsito
Terrestre
Se
garantiza el monto de los tributos que correspondieren
por importación, sobre aquellas mercaderías
ingresadas en tránsito al país
cuyo destino final es una zona franca, depósito
fiscal u otra aduana de salida hacia otro
país.
Importación Temporaria
Se
garantiza el monto de los tributos que correspondieren
por importación, sobre aquellas mercaderías
ingresadas al país sujetas a la obligación
de ser reexportadas.
Exportación Temporaria
Se
garantiza el monto de los tributos que correspondieren
por exportación, sobre aquellas mercaderías
egresadas del país sujetas a la obligación
de ser reimportadas.
Diferencias de Derechos
Se
garantizan las diferencias de derechos de
importación, entre el monto calculado
por la Aduana y el estimado por el Tomador.
Habitualmente estas diferencias surgen de
distintas valoraciones o clasificaciones arancelarias
entre la Aduana y el importador.
Falta de Documentación
Se garantiza la presentación, por parte
del importador, de la documentación
de la mercadería, necesaria para su
despacho a plaza.
Draw Back / Reembolsos
/ Reintegros
Se garantiza la devolución total o
parcial de las sumas pagadas por el Estado
en concepto de estímulo a la exportación.
Seguro
de Habilitación Depósito Fiscal
Se garantiza el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y penales del depositario. Se
garantiza el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y penales del depositario.

Seguros de Garantías Impositivas
Seguro
de Garantía de Veracidad
Esta garantía
es exigida por la A.F.I.P. con el objeto de
pagar anticipadamente los créditos
fiscales devengados a favor del contribuyente
y amparan la veracidad de las declaraciones
juradas y/o cualquier otra documentación
respaldatoria de estos créditos a cobrar.
Seguro de Garantía de Diferimiento
de Impuestos
Garantiza
el cumplimiento por parte del Tomador de constituir
la garantía definitiva exigida por
las disposiciones legales y reglamentarias,
para el diferimiento del pago de impuestos.
Involucra exclusivamente proyectos de inversión
bajo el régimen de promoción
industrial o agropecuaria (Ley Nº 22.021).
Seguro de Garantías
en el Exterior
A
través de este mecanismo llamado "Fronting",
es posible garantizar la obligación
contractual asumida por una empresa argentina
para realizar una obra o un suministro en
el extranjero. La garantía la emite
una compañía del país
donde debe cumplirse la obligación,
a solicitud y con el reaseguro de la compañía
argentina donde el Tomador o Proponente, tenga
una carpeta de crédito aprobada.
e
Seguro
de Crédito a la Exportación
Riesgo
de Crédito - Insolvencia Comercial
Se cubre la falta
de pago total o parcial por parte del importador
sobr compras financiadas realizadas a exportadores
argentinos, cuando la misma se debe a la insolvencia
del comprador en razón de su quiebra
o situaciones análogas previstas por
la legislación de su país.
Riesgo de Crédito - Insolvencia Comercial
con Mora Prolongada
Se
agrega a la cobertura por Insolvencia Comercial
el evento siniestral por el simple transcurso
del tiempo, cuando la falta de pago total
o parcial del importador registra una demora
mayor a los 6 meses desde el vencimiento de
la obligación cubierta. También
pueden cubrirse los riesgos políticos
y catastróficos. |